miércoles, 13 de julio de 2016

Justicia prohíbe otorgar factibilidades a proyectos de barrios privados en los partidos de Escobar y Pilar.

El Juzgado Federal de Campana, a cargo del Juez Federal Adrián González Charvay, en el marco de la causa 21740/2015 (N.N. s/incendio u otro estrago con peligro de muerte querellante: Rebasa, Viviana Raquel) dispuso la realización de un estudio pericial integral e interdisciplinario por intermedio del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), tendiente a determinar, detallar y delimitar los diferentes humedales que existan en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján específicamente en los Municipios de Pilar y Escobar de la Provincia de Buenos Aires.


Como segundo punto, el Juez actuante, dispuso hacerle saber al Ministerio de Infraestructura y Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires, que hasta la conclusión del estudio pericial, deberá abstenerse de otorgar convalidaciones técnicas finales o bien factibilidades conforme el Decreto Nro. 27/98 de la provincia de Buenos Aires, para la construcción de nuevos emprendimientos urbanísticos cerrados, construcciones y/o emprendimientos en general, como así también ampliaciones de los ya existentes en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján en los partidos de Escobar y Pilar de la Provincia de Buenos Aires (Artículo 230 del código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Asimismo, deberán comunicar tal decisión al Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable, a la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aies, a lo municipios de Escobar y Pilar, como así también a todo organismo gubernamental, ya sea a nivel municipal o provincia que intervenga en el proceso administrativo de otorgamiento de convalidaciones técnicas finales o factibilidades conforme el decreto precedentemente indicado. 
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

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